11 de noviembre de 2010

YES, WE CAN

Aqui teniu la resposta de la agencia de protecció de dades a la pregunta de "Infringe la ley de protección de datos el publicar una foto de un vehículo sin ocultar su matrícula":

Artículo 1. Objeto

La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar

Artículo 2. Ámbito de aplicación

1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

Por ello, no se aplica la Ley Orgánica 15/1999 al caso planteado por Vd relativo a los datos de un vehiculo
Es decir, no infringe la ley de protección de datos.
Per tant, encara que podríem posar les fotos dels vehícles sense tapar la matrícula no ho fem per que tenim quelcom que els que surten a les fotos no tenen:

RESPECTE PELS ALTRES

1 comentario:

RAMON R. dijo...

PORQUÈ HAY QUE TAPAR LAS MATRICULAS DE LOS QUE FLATAN A LA LEY (( POR TANTO ILEGALES)) SI HACEN ALGO QUE ESTÁ MAL , QUETODO EL MUNDO LO SEPA NO?? QUE NO SE PREOCUPEN QUE SI LO QUE HACEN ESTA PERMITIDO, NO SALDRAN EN NINGUNA FOTO, DIGO YO QUE SI FUERA ILEGAL , TAMBIEN LO SERÍAN LOS RADARES VERDAD?
QUE CADA UNO SEA RESPONSABLE DE SUS ACTOS Y EL QUE HACE ALGO QUE ESTA MAL DEBE HACERSE RESPONSABLE DE LO QUE HA HECHO , AL FIN Y AL CABO PARA PODER APARCAR MAL YA SE ES MAYOR DE EDAD NO?? PUES ESO